Miguel Bosé trató de adjudicar a su empresa gastos personales que llamaron la atención de Hacienda, que inició una investigación que ahora, tras un recurso, se resume en que el cantante deberá pagar lo que debe, más una multa
Miguel Bosé parece que se ha instalado en la polémica y se mantiene reticente a bajarse de ella y es que si su firme condición como negacionista en la pandemia del coronavirus, su separación de Nacho Palau con su consecuente batalla judicial por sus hijos, ahora se le une una nueva controversia. Su economía está ahora en boca de muchos y es que Hacienda le ha condenado a pagar una cuantía de 55.350,53 euros, a la que debe sumar una sanción administrativa de otros 23.536,87 euros. Todo ello tras realizar una exhaustiva investigación a los movimientos realizados en su sociedad Costaguana, en la cual se han comprobado ciertas irregularidades por las que ahora el cantante debe ponerse al día, además de pagar una multa como condena.
En total, Miguel Bosé deberá pagar a Hacienda 78.887,40 euros. Un montante de dinero que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado tras desestimar el recurso que el cantante había solicitado contra la multa que la Agencia Tributaria le imponía por sus extraños movimientos en dicha sociedad. Decimos que estos son extraños, porque el artista trató de deducirse gastos en sus empresas que no corresponden a su actividad o el motivo por el que fueron creadas y que responden, como así se ha descubierto tras la citada investigación, de gastos meramente personales de uso y disfrute íntimo.
Entre ellos llaman la atención gastos que Miguel Bosé trató de deducirse, encasquetándoselas a su empresa, gastos personales tales como jamones, sesiones de fisioterapia o con un entrenador personal, así como empleados del hogar y trabajos destinados a acondicionar el jardín de su casa. También trató de adjudicar a su empresa las cuotas del contrato de renting de un Audi, así como los gastos del paso por el taller de otros dos de sus coches: un Toyota y un Mercedes.Este tipo de conceptos no se contemplan como necesarios para el correcto funcionamiento o referentes a la propia actividad de su empresa. “Esos gastos no corresponden a la actividad desarrollada por Costaguana, sino que son gastos de índole personal o particular de Miguel Bosé y/o liberalidades y en ningún momento pueden considerarse deducibles en el IVA por no estar directamente afectadas a la realización de una actividad empresarial o profesional”.
Por este motivo Hacienda ha considerado que se trata de una infracción por la cual debe pagar. No solo devolviendo lo que se ha ahorrado al deducirse tales gastos a través de su compañía, sino también pagando una sanción administrativa por ello. En definitiva, casi 80.000 euros que el cantante debe hacer llegar a la Agencia Tributaria y sobre la cual no cabe recurso, tras la negativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a aceptarlo.